El Diario Oficial de Galicia publica hoy la resolución de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración que detalla por municipios las fechas festivas

La normativa estatal fija 14 festivos, de ellos 12 marcados por el Estado y dos elegidos por los municipios

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica hoy la resolución que da publicidad a las fiestas laborales de carácter local para el año 2026 en Galicia inhábiles a los efectos laborales, retribuidas y no recuperables. La normativa estatal, fijada por el Real Decreto 2001/1983, establece las 14 fiestas anuales de ámbito nacional no recuperables, remuneradas y de carácter obligatorio. De estos 14 festivos, dos son elegidos por cada ayuntamiento y vienen especificados en la resolución.

En cuanto a las siete grandes ciudades, los festivos locales marcados en A Coruña son el 17 de febrero (martes de Carnaval) y el 7 de octubre (festividad del Rosario); en Ferrol, el 7 de enero (festividad de San Julián) y el 6 de abril (Nuestra Señora de Chamorro); y en Santiago de Compostela, el 17 de febrero (martes de Carnaval) y el 14 de mayo (Ascensión).

En el caso de Lugo, los festivos elegidos son el 17 de febrero (martes de Carnaval) y el 5 de octubre (San Froilán), mientras en Ourense también escogen el 17 de febrero y luego optan por 11 de noviembre (San Martiño). En relación con la ciudad de Pontevedra, las fechas de fiestas laborales serán el 18 de febrero (Miércoles de Cinza) y el 11 de julio (San Bieito). Por su parte, Vigo tendrá como festivos locales el 28 de marzo (fiesta de la Reconquista) y el 17 de agosto.

Resto de festivos

De los otros 12 festivos restantes, al margen de los locales, nueve son de carácter obligatorio y no sustituibles a no ser que coincidan en domingo: 1 de enero, Viernes Santo, 1 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6 de diciembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre. En el año 2026 hay dos festivos nacionales de carácter obligatorio que coinciden en domingo: el 1 de noviembre y el 6 de diciembre, que son sustituidos por 19 de marzo y 24 de junio.

Los otros tres festivos de carácter nacional son opcionales, es decir, pueden ser sustituidos por las comunidades autónomas: el 6 de enero, que en Galicia nunca se cambia, excepto que coincida en domingo; el Jueves Santo (que en 2026 se celebrará el 2 de abril), que en la Comunidad gallega no se modifica de manera tradicional; y se le da la opción a las comunidades de escoger como opcional entre el 19 de marzo y el 25 de julio. La Xunta siempre elige el 25 de julio, ya que es el Día Nacional de Galicia, tal y como quedó establecido por el Decreto 8/1978, de 10 de julio.

Enlace a la resolución en el DOG:

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2025/20251030/AnuncioG0767-221025-0001_es.html
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