El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de personas, de los bienes y del ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley este personal se organizará en grupos operativos.
Mediante la Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), donde se establecen la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente, de una manera coordinada, a las emergencias que se puedan producir en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.
Dentro de las actividades programadas para el año 2024, y conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se anuncia la convocatoria del curso sobre intervención en emergencias para el personal de los grupos de emergencia supramunicipales (GES), conforme a las siguientes bases:
Primera. Datos de la actividad
Tipo | Curso |
Denominación | Intervención en emergencias para lo personal de los grupos de emergencia supramunicipales (GES) |
Modalidad | Semipresencial |
Ediciones | 1 |
Horas lectivas | 70 |
Plazas por edición | 25 |
Segunda. Objetivos y contenido
Objetivos: impartir una formación especializada en unos niveles de capacitación suficientes para que el personal que participó en una convocatoria para los grupos de emergencia supramunicipales y puedan ingresar en los mismos o se encuentra en las listas de reserva y pueda, en su caso, comenzar a asumir sus funciones.
Contenido: el contenido se estructura en bloques relativos a los principales riesgos y emergencias en los que, según las estadísticas de la Xunta de Galicia, intervendrá este personal:
1. Módulo 1: primeros auxilios (7 horas).
2. Módulo 2: actuaciones en caso de accidente de tráfico (14 horas).
3. Módulo 3: extinción de incendios urbanos e industriales (28 horas).
4. Módulo 4: intervención en incendios forestales (21 horas).
Todos los temas incluyen ejercicios prácticos sobre los temas tratados y habrá una prueba final de conjunto.
Tercera. Destinatarios/as
El curso va dirigido al personal que participó en una convocatoria para los grupos de emergencia supramunicipales y puedan ingresar en los mismos o se encuentra en la lista de reserva.
Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes
1. Requisitos generales: los/las solicitantes deben tener la condición descrita en la base tercera para estos colectivos.
2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados/as por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.
3. Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónico o e-learning) son de nivel básico:
Aspectos recomendables para el PC:
• La configuración mínima de un PC doméstico (en general, cualquiera con menos de cinco años) es suficiente.
• Preferentemente conexión a internet de banda ancha y un antivirus actualizado.
• Navegador: Mozzila Firefox 2 (recomendado), Microsoft Edege o superior o Google Chrome.
• Tener Javascript y cookies activadas en el navegador.
• Para ver los documentos en pdf, se necesita tener instalado Acrobat Reader.
• Para que funcionen algunos elementos correctamente, se necesita haber instalado el Adobe Flash Player.
Quinta. Desarrollo de la actividad
Fechas:
Desde el 10 de junio hasta el 5 de julio de 2024.
El curso se desarrollará en su modalidad semipresencial.
– Desarrollo de la carga horaria teórica:
1. Se desarrollará en línea.
2. A través de la plataforma de formación de la Agasp.
3. Fechas: las ediciones se realizarán según se especifica en el calendario del curso.
4. Horario: según disposición y necesidad del alumnado. Se ajustará al calendario establecido en el propio curso.
– Desarrollo de la carga horaria práctica:
1. Lugar y fecha: se realizará presencialmente en las instalaciones de la Agasp en las fechas establecidas en el calendario del curso.
2. Horario: jornada continua, de lunes a viernes.
El alumnado deberá acceder al curso dentro de los primeros dos días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) a partir de la fecha de inicio.
Las personas que no accedan al curso en el plazo indicado serán dados de baja en él, sin perjuicio de que puedan ser penalizados con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.
3. Desarrollo: el alumnado participante deberá realizar a través de la plataforma de formación de la Agasp, y de acuerdo con un calendario de presentación, las actividades incluidas en el curso, que son:
• Visualización de los contenidos.
• Superación de los cuestionarios.
• Cumplimiento de las tareas segundo las exigencias indicadas.
El/la alumno/a que no realice alguna de esas actividades en el plazo establecido será sancionado/a con la baja en el curso, sin perjuicio de que pueda ser penalizado/a con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.
En el supuesto de que las actividades realizadas no consigan un nivel de exigencia mínimo según el criterio del equipo docente, se hará una primera advertencia al alumnado y, de no atender la indicación, podrá ser dado de baja en el curso, sin perjuicio de que pueda ser penalizado con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de seis (6) meses.
Uniformidad: en la parte presencial el personal deberá asistir a los cursos provisto del siguiente material:
1. Bota de media caña con puntera de seguridad y plantilla antipunzamiento.
2. Funda ignífuga.
3. Casco F2 Gallet, HPS3000 o similar con gafas de seguridad.
4. Guantes ignífugos de intervención.
5. Verdugo ignífugo.
Sexta. Plazo de inscripción
El plazo de inscripción es hasta el 5 de junio de 2024 a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente.
a) Los ayuntamientos interesados que cuenten con grupo de emergencia supramunicipal (GES) le remitirán a la Agasp:
• La lista de personas que puedan ingresar en los grupos de emergencia supramunicipales (GES), en caso de que existan vacantes en la fecha de convocatoria del curso (según el modelo del anexo I de esta convocatoria).
• La lista de personas que se encuentren en la lista de reserva (según el modelo del anexo II de esta convocatoria).
Para ambos casos el ayuntamiento presentará cubierta una ficha con los datos de cada una de las personas (según el modelo del anexo III de esta convocatoria).
En las listas remitidas tendrá prioridad el número uno y así sucesivamente.
b) Los datos mencionados en el punto anterior podrán ser comunicados por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal
c) Las personas seleccionadas que no sean usuarias de la página web de la Agasp recibirán un mensaje de correo electrónico para darse de alta en esta.
d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 37, 886 20 61 38 y 886 20 61 11 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias.
Séptima. Criterios de selección del alumnado participante
7.1. Tendrán prioridad las personas que puedan ingresar de forma directa para cubrir vacantes existentes en la fecha de convocatoria del curso en un grupo de emergencia supramunicipal (GES).
7.1.a) Las plazas ofertadas se repartirán de manera homogénea entre los distintos ayuntamientos, dando prioridad a las entidades por orden de llegada de la solicitud y por el número de orden de la lista empezando por el número uno.
7.1.b) Se adjudicará la primera plaza a la primera entidad solicitante, la segunda plaza a la segunda y así sucesivamente. Una vez repartidas las primeras plazas de cada entidad solicitante, se reiniciará el proceso para la primera y se seguirá el proceso anterior.
7.2. De existir plazas vacantes una vez aplicado el criterio anterior, se seleccionará las personas de la lista de reserva que no tengan el curso de GES.
Se priorizarán, en primer lugar, aquellos ayuntamientos que no tengan ninguna persona de la lista de reserva que cuente con el curso, por haberlo hecho en ediciones anteriores, aplicando los criterios de los puntos 7.1.a) y 7.1.b).
Asimismo, respetando la orden anterior, en segundo lugar, dentro de los ayuntamientos que tengan alguna persona de la lista de reserva que cuente con el curso GES, se le dará prioridad aplicando también los criterios 7.1.a) y 7.1.b).
Octava. Publicación de las relaciones del personal seleccionado
La Agasp publicará, en su página web http://agasp.xunta.gal, una relación de las personas que participarán en cada edición del curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero), las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comunicaran su imposibilidad de asistencia, imposibilidad que se tiene que comunicar con una antelación de tres días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección: formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal
Novena. Derechos y deberes del alumnado participante
Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.
Décima. Faltas de asistencia
El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula en su artículo 16 las faltas de asistencia en los cursos:
1. La realización de las actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria, la no realización de las mismas deberá justificarse debidamente y se penalizará disciplinariamente en caso contrario.
2. La/el alumna/o que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % de las clases del curso de formación será declarado no apto, y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.
De ser necesario, y solo en los casos en que la inasistencia a las clases estuviera motivada por accidente o lesión sufridos con ocasión de la actividad académica, el director general podrá considerar la conveniencia o la oportunidad de permitirle a la/al alumna/o poder recuperar hasta un determinado número de horas y participar posteriormente en un examen extraordinario para poder superar el curso sin tener que repetirlo.
3. No obstante, aunque las ausencias acumuladas no llegaran al porcentaje señalado, la/el alumna/o podrá verse obligado a recuperar todas o parte de las horas perdidas a lo largo del curso. En este caso la jefatura de enseñanza propondrá al director general el número de horas que se van a recuperar, teniendo en cuenta, en cada caso concreto, el tipo de justificación presentada para cada ausencia, así como el número total de estas y el comportamiento y actitud de la/del alumna/o a lo largo del curso.
Decimoprimera. Certificado de aprovechamiento
Al final de la actividad se les entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.
Decimosegunda. Facultades de la Agasp
La Agasp podrá modificar, mediante resolución del director general y sin necesidad de nueva publicación, el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.
La Agasp también podrá suprimir, por el mismo procedimiento, el curso, cambiar las fechas de celebración, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia, específicamente, se podrá suprimir el curso cuando el alumnado admitido antes de la fecha de inicio del mismo no supere el 50 % de las plazas convocadas.
En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.
Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución sin necesidad de nueva publicación para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.
A Estrada, 27 de mayo de 2024
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública